jueves, 24 de junio de 2010

LC 802 Vespertino 2010 Seguridad Social

24 de junio 2010

Estimados estudiantes
de la EE Seguridad Social, del Programa Educativo Contaduría, turno vespertino, curso 2010.

A continuación se describen 3 actividades con sus respectivos productos, para contribuir a lograr la unidad de competencia en Seguridad Social.

Actividad 1

Un ensayo en el cual se aprecie la introducción, el desarrollo y la conclusión:
• Cada estudiante en forma individual deberá construir sus nociones y percepciones personales expresando un juicio de valor sobre algún conflicto relacionado con el Régimen Obligatorio o Voluntario del Seguro Social.

Producto uno
Un ensayo de media cuartilla elaborado en formato electrónico e individual, el cual deberá ser escrito en el blog de la EE Seguridad Social, donde estas leyendo ahora
blog

El ensayo no debe ser mayor a media cuartilla o a 150 palabras en Word Arial 12, con interlineado de 1.5.

Plazo: El ensayo deberá enviarse en la fecha correspondiente a la cuarta sesión.

Actividad 2
Enviar un comentario al blog dando respuesta al ensayo de cualquiera de sus compañeros, en relación a la problemática de Seguridad Social.

Producto dos

Lluvia de ideas electrónica.
Formato: electrónico, extensión máxima 150 palabras o media cuartilla en Word Arial 12, con un interlineado sencillo.

Plazo: Fecha correspondiente a la quinta sesión.

Actividad 3

Elaborar un e-comics, exploratorio explicando las ramas del Régimen Obligatorio del Seguro Social, en el cual deben incluirse los sujetos asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes, los requisitos, prestaciones económicas y en especie de cada una de las ramas.

Deberán emplearse figuras animadas, caricaturas, o imágenes y globos de texto.

Será necesario convertir a video o a cualquier otro formato susceptible de subirse a un blog.

Podrá utilizar el programa Windows Movie Maker o el de su elección.

Podrá construirse en primera o en tercera persona.

Extensión mínima: 20 diapositivas

Extensión máxima: 30 diapositivas

Producto tres

Una historieta en formato video o cualquier otro que deberá ser enviada a un blog creado para la EE Seguridad Social.

URL: http://seguridadsocialdyc.blogspot.com/
El producto será elaborado en forma colaborativa en equipos de hasta 6 integrantes.
Plazo máximo de entrega: fecha correspondiente a la quinta sesión.

53 comentarios:

Anónimo dijo...

LOS SISTEMAS DE PENSIONES DE LA LEY DEL (43-73) Y 97.

Dentro de la seguridad social, las pensiones, junto con los servicios de salud, ocupan un lugar predominante, tanto por su importancia en el objetivo de mantener y mejorar las condiciones de vida de las personas, como por su magnitud en el gasto en seguridad social.

EL SISTEMA DE PENSIONES.
Las pensiones es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Ofrece tranquilidad y seguridad de que podrá contar un apoyo económico que le permita vivir con dignidad.
Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida como:

• Vejez. : Es la pensión que se nos otorgará cuando tengamos la edad, y las semanas requeridas cotizadas.

• Cesantía en edad avanzada: Para la pensión por cesantía en edad avanzada, el asegurado debe reunir los siguientes requisitos: un mínimo de 60 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud; quedar privado de trabajos remunerados y tener reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.

• Muerte y viudez: Se otorga a nuestros beneficiarios legales, cuando fallezcamos por cualquier motivo.

• Accidentes y enfermedades que conducen a la invalidez: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad ajenos a nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.

• Pensión por Incapacidad: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad a consecuencia de nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.


Es necesario que los trabajadores jubilados y sus dependientes económicos, estén muy pendientes de sus recursos y que realicen sus trámites en tiempo y forma, en ningún caso se debe ignorar o poner en riesgo los recursos ya que de ellos depende su vida.

Benigno dijo...

EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y LA CALIDAD DE VIDA
Al paso de los años, la calidad de vida de las personas en México ha ido disminuyendo considerablemente, esto a consecuencia de que hay muchas personas que padecen alguna enfermedad y que por cuestiones económicas no pueden tratarse.
Para esto podemos contar con Ios servicios que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social el cual no solo nos brinda la asistencia médica sino también otros servicios como las guarderías, los programas para la prevención de enfermedades, los sistemas de pensiones entre otros, y para efecto de cumplir con tal propósito, el IMSS comprende dos tipos de régimen:
• El régimen obligatorio: donde podemos encontrar los cinco tipos de seguros: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retito, cesantía en edad avanzada y vejez; guarderías y prestaciones sociales.
• El régimen voluntario: que de forma voluntaria y mediante convenio con el IMSS, pueden asegurarse, los trabajadores en industrias, los que prestan sus servicios profesionales, los pequeños comerciantes, artesanos, trabajares domésticos, trabajadores no asalariados, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios.
Gracias al IMSS hoy en día no solo las personas que tienen un trabajo y están dados de alta pueden recibir estos servicios, sino que las personas que trabaja por cuenta suya también pueden recibir estos servicios, aportando una cuota mensual el cual le ayudaría a mejorar su calidad de vida.

viry gomez dijo...

PENSIONES PARA HUERFANOS
¿Sera justo el sistema de pago de pensiones? Que pasa con aquellos niños y jóvenes que pierden a alguno de sus padres o a ambos, será suficiente para ellos recibir el 20% sobre el 70% del salario de su familiar, y si el difunto trabajador tenía el salario mínimo; además de comer, vestir y vivienda, tienen derecho a recibir educación y pienso que ese 20% sobre 70% es insuficiente para cubrir las necesidades de un joven estudiante, pienso deberían establecer una tabla con forme ganaba el trabajador otorgarle el 100% o el 70% de su salario para el cálculo de la pensión. Y en todo caso recortar la edad máxima para recibir esta pensión a 22 años, a manera de compensar el 30% cualquier ciudadano a los 22 años es apto para mantenerse solo pero un infante sobrevivir con ese porcentaje, en el supuesto que su fallecido padre ganara el salario minimo, yo lo dudo mucho.

Gustavo Lara Alvarado dijo...

Accidente de trabajo.

De acuerdo a la Ley: “se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste”, pero ¿Qué pasa si existe una recaída a causa de este accidente después de haber sido dado de alta?
Bien, supongamos que al trabajador se le paga a consecuencia de la recaída de este accidente su incapacidad correspondiente, pero no así su salario, ya que se le otorgó el subsidio correspondiente durante su primera inhabilitación ¿Es correcto este planteamiento?
No es así, ya que el trabajador tiene el derecho de percibir su subsidio equivalente al 100% de su salario además de sus incapacidades correspondientes aunque ya había sido dado de alta y capacitado para trabajar.

gerardo meza vargas dijo...

Riesgo de trabajo
Los riesgos de trabajo son accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores durante o tiempo de su jornada de trabajo.
Cabe mencionar que los accidentes de trabajo son toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio.
Le enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo de trabajo.
Para poder prevenir estos riesgos de trabajo, debemos recibir la capacitación de programas preventivos de accidentes o riesgo de trabajo, a si como también contar con la información necesaria para esta, contar con señalamientos de prevención, como ruta de evacuación, zona de alto peligro, etc.
Si las empresas o lugares de trabajo contaran con lo del párrafo anterior y el equipo necesario para prevenir los riesgos de trabajo se reduciría el alto porcentaje de esta misma en cada una de las empresas y evitar posibles anomalías que pudieran existir.

Mónica dijo...

Hola EDD Kof, Beningo, Viry Gómez, y Gustavo:

Les recuerdo que pedimos que se identificarán con sus nombre completos para saber quien subió el comentario.

Mónica dijo...

Hola:
Estoy leyendo sus publicaciones y evidentemente aun no han leído lo suficiente para elaborar el ensayo, pues es notable la transcripición que hacen de la ley.
Por favor lean nuevamente:Qué es el ensayo, e intenten hacerlo.
En todo caso varios de uds han cursado el Taller de Lectura y Redacción por lo que pueden recordar de que forma se puede hacer ya que no hay una definición única pero un rasgo en común que debe reunir el ensayo es un juicio de valor.

Unknown dijo...

RIESGOS DE TRABAJO
Algo a lo que todos estamos expuestos es a correr riesgos en el trabajo y es por eso que surgen ciertas dudas sobre que son los riesgos de trabajo y en caso de sufrir un accidente o enfermedad dentro del centro de trabajo a que prestaciones se tiene derecho.

Cuando hablamos de riesgos de trabajo entendemos que se refiere a los accidentes o enfermedades que pueden ocurrir cuando laboramos y un tipo de prestaciones a la cual tenemos derecho son: atención médica, atención farmacéutica la cual incluye medicamentos, atención quirúrgica en caso de ser necesario, hospitalización, prótesis y ortopedia, y rehabilitación física o mental.

Podemos concluir diciendo que es muy importante que los trabajadores estén informados sobre los derechos que tienen cuando surge un accidente de trabajo y de esa forma puedan evitar ser perjudicados y exigir sus derechos que tienen como trabajadores.

Elvia dijo...

ENSAYO SOBRE LAS GUARDERIAS
CASO GUARDERIA ABC DE HERMOSILLO SONORA
En mi opinión, estoy de acuerdo con la unión de los padres que integran el movimiento 5 de junio para acudir a las instancias internacionales y pedir que se castigue a los culpables, ya que la Suprema Corte Justicia de la Nación no quiso responsabilizar a los altos funcionarios del IMSS por la muerte de los 49 niños en el incendio. Esta es una de muchas guarderías subrogadas del IMSS que recibieron sus contratos sin cumplir con requisitos de seguridad.
Uno de los principales problemas que se enfrentan, es que las guarderías subrogadas se otorgan a base de influencias o compañerismos y no hay ningún funcionario encargado de supervisar que se cumplan con las medidas de seguridad o los requerimientos para que se pueda operar correctamente y se eviten este tipo de accidentes.
Por lo tanto, es necesario que se haga justicia para que casos como este no queden impunes.

LIZBETH CRUZ MATEOS dijo...

RIESGOS DE TRABAJO

Defino riesgo de trabajo como cualquier tipo de lesión física que sufra el trabajador en horario laboral, en la realización de sus funciones o por motivo del trabajo.

De acuerdo a la lesión sufrida se otorgan incapacidades de tipo temporal, permanente parcial y permanente total. Las prestaciones que se otorgan, en dinero o en especie, considero que no son las más adecuadas y equitativas de acuerdo a las contribuciones que realizamos como trabajadores. Por ejemplo, si se determina una incapacidad temporal, la prestación del cien por ciento del salario percibido, me parece bajo; pues considero, se debería otorgar una prestación extra derivado de que la lesión fue con motivo del trabajo encomendado al trabajador.

Por lo expuesto, afirmo que existen muchos más casos en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que puedo manifestar que se necesitan modificaciones urgentes con objeto de beneficiar mayormente al trabajador.

ivette altamirano dijo...

ENSAYO: SEGURIDAD SOCIAL
DEL REGIMEN OBLIGATORIO. /MATERNIDAD

El trabajo de las mujeres desde la prehistoria ha sido de gran importancia y los cambios que ha sufrido la sociedad nos han beneficiado ya que existe una situación en la que va en aumento la proporción de mano de obra femenina en la fuerza laboral, consiguiendo un mayor nivel cultural y desempeñándose en áreas mas importantes y responsabilidad.
A pesar de los logros obtenidos no se ha conseguido alcanzar una igualdad salarial en comparación con la del género masculino, o que una mujer pueda incorporarse a la fuerza laboral en estado de gravidez ya que seria una perdida laboral, tanto para el empleador como para la seguridad social, pues consideran que no dará el rendimiento requerido para el mismo y generara gastos que en poco tiempo se tendrán que cubrir en su totalidad.
Opino que debería hacerse un análisis y modificación la ley en cuanto al mínimo de semanas cotizadas para que la mujer trabajadora tenga derecho al Seguro de Enfermedades y Maternidad y le sea brindada la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria para ella y su familia. Además de otorgarle prestaciones en especie y en dinero que incluyen, por ejemplo: ayuda para lactancia y subsidios por incapacidades temporales, el artículo 85 de la ley del IMSS dice el disfrute de las prestaciones de maternidad se iniciara a partir del día en que el instituto certifique el estado de embarazo. Así mismo el derecho a recibir sus prestaciones de 42 dias prenatal y 42 dias puerperio.
Por ello no estoy de acuerdo que 30 semanas cotizadas en los últimos 12 meses anterior ala fecha sean las que considere la ley, esto genera discriminación y desigualdad, por ello el gobierno debería participar y crear programas que beneficien ala trabajadora y al empleador.

Blanca Ivette Altamirano Zarate
LC 802 T.V
SEGURIDAD SOCIAL

Unknown dijo...

El Art.6º de la Nueva LSS comprende dos régimen el voluntario y el obligatorio, ya que en los anteriores LSS existieron régimen distintos a las de ahora. 1943 solo contemplaba el régimen obligatorio, 1973, amplió la cobertura de las ramas de seguro que integran el régimen obligatorio y creo las prestaciones sociales. En un principio, el régimen obligatorio contemplaba cuatro ramos de seguro, a saber .el seguro de riesgos de trabajo; el de enfermedades generales y maternidad, el de invalidez, vejes, cesantía en edad avanzada y muerte; y el de guardería para hijos de aseguradas.
Un tema importante de la LSS es el riesgo de trabajo, el riesgo de trabajo que son los accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo, la enfermedad por riesgo de trabajo es un estado patológico continuado con el tiempo volviéndose así una enfermedad. Al trabajador se le ofrece atención médica y pago de los días de incapacidad ese pago se le hace a partir del cuarto día de incapacidad. en caso de muerte los “beneficios “son para los familiares o a quien tenga como beneficiario.mas sin embargo sabemos que para recibir esos beneficios es algo complicado, ya que es un proceso largo y no tan fácil como a veces parece o se nos explica. si no existiese como beneficiario una esposa,conyugue o hijos, los beneficiarios serian los familiares ascendientes que dependían del fallecido.
Existen muchos temas por los que hablar de la LSS este solo es uno de tantos que se presentan tanto como en el régimen obligatorio y voluntario. Tengo conocimiento que hay empresas que tratan de evitar lo más posible lo riesgos de trabajo porque para ellos es lo más conveniente ya que quizás salga más barato el trabajador vivo que muerto. Ósea que es más conveniente la prevención de riesgos .contribuir al bienestar del trabajador es lo mejor y conveniente para todos.

edith gonzalez dijo...

Régimen obligatorio: guarderías
Este servicio es para el hombre o mujer que trabajen o que debido a viudez o por causa de divorcio, que cuenten con la custodia de los niños y que no hallan contraído nuevamente matrimonio o vivan en concubinato; este servicio se les brindara cuando no puedan proporcionar cuidados durante su jornada de trabajo a sus hijos que estén en su primera infancia, es decir a partir de los cuarenta y tres días hasta que cumplan la edad de cuatro años
El servicio de guarderías incluye el aseo, alimentación, el cuidado a la salud, la educación y recreación de los menores; para ello cuenta con instalaciones ubicadas en zonas convenientemente localizadas en relación con los centros de trabajo y habitación donde opere el régimen obligatorio.
Cuando el trabajador es dado de baja cuenta con cuatro semanas a partir de su baja para contar con este servicio según la ley del imss.

edith gonzalez dijo...

Por ello no estoy de acuerdo que 30 semanas cotizadas en los últimos 12 meses anterior ala fecha sean las que considere la ley, esto genera discriminación y desigualdad, por ello el gobierno debería participar y crear programas que beneficien ala trabajadora y al empleador

edith gonzalez dijo...

Mi comentario:
Maternidad:
Como menciona mi compañera la desigualdad entre el sexo femenino y el sexo masculino no a desaparecido completamente, existe una gran desigualdad no solo en cuestión salarial sino también en relación a los derechos de la misma, además de que se le discrimina. Es muy necesario que hagan modificaciones a la ley en donde se tome muy en cuenta la condición física de la mujer porque en esta cuestión es muy necesario que se le de consideración a ella y se creen programas en beneficio de ellas y de su producto.

ana karen ramirez garcia dijo...

ENSAYO SOBRE LOS RIESGOS DE TRABAJO.

En México, el IMSS es la fuente principal de seguridad social. Su finalidad es garantizar el derecho humano a la salud. Y su misión es otorgar a los trabajadores y a sus familias la protección ante situaciones, como son los riesgos de trabajo; que son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores.

Los accidentes de trabajo son toda lesión orgánica o perturbación funcional, aquí estamos hablando de cuando nos ocurre algún accidente que no teníamos previsto. Una enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, por ejemplo cuando una persona trabaja en rayos x y no toma la suficiente precaución le puede dar una enfermedad de trabajo.

Como conclusión debemos tomar enserio nuestro papel como trabajadores, ser cuidadosos y protegernos de cualquier situación que pudiera afectarnos.

Unknown dijo...

PRESTACIONES SOCIALES/ GUARDERIAS
Según la ley dice que yo como trabajador tengo derechos. ¿A cuáles derechos? Estar dado de alta ante seguro social, tener prestaciones, servicios, vacaciones etc. ¿Pero en verdad las tengo? Estoy en una época muy difícil donde la desigualdad es el motor principal para propiciar discrepancia entre seres humanos. Un caso común es la guardería ABC donde murieron niños y niñas quemados por falta de mantenimiento al inmueble ya que las personas que se dedicaban a hacer las respectivas inspecciones autorizaron que este estaba en perfectas condiciones. Yendo más a fondo acerca de este tema no solo murieron niños inocentes si no que los niños que resultaron gravemente heridos y con quemaduras graves no fueron atendidos debidamente. Un caso en particular es el de la Sra. Josefina Carretas Chaves, madre de Daniela G. Reyes Carretas, quien se desempeñaba como educadora en la guardería ABC, donde también estaba inscrita su hija la cual murió por negligencia medica, debido a que el IMSS impidió que esta niña así como los demás niños que estaban lesionados por quemaduras fueran trasladados a alguna de las clínicas de hospitales en Estados Unidos, a cambio los llevaron al centro medico de Guadalajara en donde cometieron errores en la atención y hasta que el Seguro Social tuvo certeza de que no había nada que hacer, dejo que trasladaran a su hija a Estados Unidos donde falleció y a estas alturas no hay ningún responsable acerca de esta problemática debido a que estos tienen influencias o simplemente tienen algún parentesco con alguna persona que se encuentra en el ámbito político. Con esto puedo darme cuenta hasta donde llega la influencia del dinero para encubrir a los responsables. No cabe duda que en nuestro país hay corrupción e impunidad todo esto a causa de la ambición y el poder del dinero.

yuliac dijo...

ENSAYO LEY DEL SEGURO SOCIAL
AUTOR JULIA ALVAREZ CRUZ.
El derecho de la seguridad social emanado de revoluciones tanto en nuestro país como en el extranjero, plasmándose en nuestra constitución en tres artículos elementales : el 3° en cuanto a la educación laica, gratuita y obligatoria, art. 27 retomo la cuestión agraria y el 123 referente al trabajo y la previsión social, nace de este modo el constitucionalismo social
En mi opinión el problema fundamental de la seguridad social en nuestros tiempos es que se practica en contra de los postulados imperativos de la constitución política de los estados unidos mexicanos, se ha venido realizando la expedición de una legislación que atenta fiel mente el contenido de la constitucionalismo social mexicano y el estado social del derecho. Por ejemplo:
Se reforma la ley del seguro social y se establece una autentica privatización del seguro social, que atenta en contra de de la seguridad social solidaria, humanista, integral, para dar pauta a una legislación en donde predomina el interés privado y se permite descaradamente la intervención de sujetos con intereses mercantiles y de negocios mediante los sistemas de ahorro para el retiro y las afores.
Este atentado se realiza sin la previa consulta y autorización del sindicato nacional de trabajadores del seguro social y millones de trabajadores y sus organizaciones, dado que esta reforma unilateral como la llamo el partido revolucionario institucional, atenta perversamente con una de la conquista más preciadas y costosa en vidas humanas de la revolución mexicana.
Para reflexionar: la evolución histórica y social de nuestro país han servido parar la construcción de nuestro constitucionalismo social que deriva una amplia gama de normas jurídicas que integran el Derecho Social Mexicano, profundamente humanista, tutelar y proteccionista de los sectores desvalidos y desprotegidos de la sociedad con un fin ultimo de justicia social, pero… ¿se esta logrando o solo es una pantalla que favorece a los de mas alto poder?
Es necesario retomar la originalidad del proyecto histórico de la nación que se desprende del constitucionalismo de 1917 y se instrumenta en el derecho social mexicano y en defender la constitución, su proyecto nacional y el estado social de derecho es defender y hacer la revolución.

Letylopez dijo...

Ensayo elaborado por: Leticia López Yáñez
Seguridad social
Régimen voluntario.
El régimen voluntario tiene una aplicación limitada que lo encarece y por eso se evita su aplicación, un ejemplo claro de ello es el seguro de salud para la familia. Hasta hace poco tiempo existían diversos sistemas de financiamiento donde el estado absorbía la mayor parte pero estos fueron tan elevados que se tuvo que abandonar el apoyo gubernamental y volverlo así una estructura de régimen obligatorio.
La mayoría de los rangos de apoyo fiscal y gubernamental son para personas de ingresos elevados y lo que se consigue es diferir las cargas fiscales pero no existe una verdadera ayuda para los trabajadores independientes, los programas de solidaridad y seguro popular an tenido la intención de acabar con los problemas sociales, pero su estructura es limitada por lo tanto no se consiguen jamás dichos beneficios.
Los regímenes voluntarios no son estrictamente programas de seguridad social, sino sistemas con características asistenciales, por lo que no cumplen con la obligación de apoyar a la población y mucho menos a la marginada, solo se trata de esquemas aislados de ayuda limitada donde la única forma de cumplir con la exigencia seria establecer un sistema de seguridad social para todos los mexicanos que tengan ingresos y solo permitir que las personas con escasos recursos acudan al subsidio.

luis alberto martinez ojeda dijo...

ENSAYO SOBRE EL REGIMEN OBLIGATORIO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
se supone que todas las leyes deben de obedecer a los principios fundamentales de nuestra carta magna pero es claro que al analizar los diferentes seguros del régimen obligatorio de la LSS me percato de un grave problema de equidad de género para quienes cotizan en el IMSS, el cual se expone en uno de los seguros mas importantes, como lo es el riesgo de trabajo e invalidez y vida donde, cuando quien esta cotizando ante el IMSS es la trabajadora y llega a tener una incapacidad permanente, total o la muerte y esta casada o vive en concubinato la ley pone mucho obstáculos para hacer valer los derechos del esposo o concubino en tanto que para la mujer cuando se trata de recibir seguro de riesgo de trabajo, la ley la favorece en todos los aspectos desde el momento en que el trabajador fallece hasta la cancelación del seguro.

Diana Rivas dijo...

Deficit en Guarderias.

Como bien sabemos dentro del Régimen Obligatorio del Seguro Social encontramos, El seguro de Guardería, en el cual tiene como uno de sus objetivos Ccuidar y fortalecer la salud del niño y su buen desarrollo futuro.

Sin embargo, El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está rebasado en la oferta de espacios en las 1,568 guarderías. Ese órgano reportó al Congreso un déficit al cierre del 2009 de 731,285 lugares para el servicio de estancias infantiles. Tan sólo hasta diciembre pasado, las madres trabajadoras demandaron 974,184 espacios. El Instituto justifica que no haya podido cumplir más de 90% de las metas en rubros como servicios de guarderías, servicios de ingreso y rentas vitalicias, debido “al entorno económico desfavorable, procesos licitatorios cancelados y la contingencia sanitaria por influenza AH1N1".

Nuestros niños son de los activos más importantes con que contamos los mexicanos, pues son el futuro de nuestro país y no podemos escatimar financiamiento en ellos, se deben de proporcionar recursos suficientes a ámbitos como educación, salud, vivienda, para con ellos también contribuir a un buen desarrollo para el entorno de los niños. Y si se de costos se trata, bueno recortar en otros ámbitos del quehacer gubernamental.

Diana Karina Erith Rivas Mtz.

luis alberto martinez ojeda dijo...

comentario para edd_kof o diria que aqui la cuestion tiene que ver con el trabajador que es quien genera los recusros y el legislador quien es quien formula los estatutos para que estas pensiones se lleven a cabo aunque yo diria que el mas responsable aqui en el legislador ya que como tiene la maxima autoridad paara regular las afores es tambien su responsabilidad de cuidar que las instituciones de seguros obtimicen el diner que el trabajador aporta para que al final este se retire con una pension digna y que este acorde de las necesidades del repsente, pero por otro lado el trabajador debe de ser consiente de que ahy muchos medios por el cual el mismo puede ayudar a aumentar esos rendimintos como son aportaciones extraordinarias.

luis alberto martinez ojeda dijo...

comentario para edith gonzalez.
estoy sumamanete deacuerdo contigo ya que se supone que en mexico todos los mexicanos y mexicanas somos iguales ante la ley, y la ley del ss es muy explicito a la desigualdad de genero y en el caso de los seguros favorece mas a los esposas o concuvinas.

Alan Christopher Vazquez Quiroz dijo...
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Alan Christopher Vazquez Quiroz dijo...

RAMO DE GUARDERIAS DEL REGIMEN OBLIGATORIO DEL IMSS
En este ensayo se analizara una de las ramas que integran el régimen obligatorio del seguro social las Guarderías, mencionado el riesgo protegido, beneficiarios, servicios y las condiciones para ejercer este derecho y fundamento legal.
El ramo de guarderías cubre el riesgo de los trabajadores de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la infancia. Los beneficiarios son: la mujer trabajadora, el trabajador viudo o divorciado, y aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos. Las guarderías brindan servicios de alimentación, cuidado de la salud, educación y recreación. Los beneficiarios tendrán derecho a este servicio, durante las horas de su jornada de trabajo, Fundamenta en los artículos 201 a 207 de la LIMSS.
Podríamos concluir que el ramo de guarderías es de suma importancia para los trabajadores asegurados debido a que sus hijos son resguardados en un lugar seguro al desarrollar su jornada laboral.

luis alberto martinez ojeda dijo...

estoy deacuerdo con tigo alan vazquez el legislador se debe de actualizar a los cambios que ha sufrido el pais y dejarse de ideas conservadoras y solo asi el pais va a cambiar al darle credito a la igualdad de genero.

ivette altamirano dijo...

ENSAYO: SEGURIDAD SOCIAL
DEL REGIMEN OBLIGATORIO. / GUARDERIAS

El caso de la guardería ABC conmociono ala ciudadanía quienes sin saber de seguridad social o leyes opinamos que se ha cometido una injusticia social, concuerdo con mi compañera en que el dinero origina un tráfico de influencias y dejan de lado el derecho y la voz de los ciudadanos.
La seguridad de los niños no puede ponerse en riesgo ni se vale que se abuse de las necesidades de los padres y madres trabajadoras que dejan a su cargo el cuidado y atención de lo mas preciado que se tiene, la perdida de un ser amado no es superable o fácil de aliviar ni se puede comparar con una perdida material, la resolución de este caso no devolverá la vida ni la estabilidad emocional de los padres pero la justicia debe llevarse acabo para el beneficio de otras guarderías en donde los padres que trabajan puedan dejar a sus hijos con la confianza de que cumplen con los requerimientos y estatutos de la ley.
Si las leyes son perfectas se debería hacer una auditoria en cuanto a los sujetos que las aplican. Agrego también que si un trabajador o trabajadora ejerce el uso de la prestación de las guarderías estas deben ser vigiladas y exigir la calidad del inmueble, personal capacitado y preparado, higiene, capacidad de atención y respuesta pronta ante situaciones que pongan en riesgo la vida o integración de los niños.
Blanca Ivette Altamirano Zarate
LC 802 T. V
SEGURIDAD SOCIAL

Alan Christopher Vazquez Quiroz dijo...

Comentario para Diana Rivas Martinez:
Mi opinión sobre el ramo de guarderias actualmente en México presenta ciertas deficiencias administrativas y de seguridad como fue el caso de la guarderia ABC en el estado de Sonora, también actualmente las guarderias presentan ciertos problemas de insuficiencia y sobrepoblación por lo que el Gobierno debe destinar mayor parte del presupuesto para el mejoramiento y la creación de nuevas guarderías.

viry gomez dijo...

PENSIONES PARA HUERFANOS
¿Sera justo el sistema de pago de pensiones? Que pasa con aquellos niños y jóvenes que pierden a alguno de sus padres o a ambos, será suficiente para ellos recibir el 20% sobre el 70% del salario de su familiar, y si el difunto trabajador tenía el salario mínimo; además de comer, vestir y vivienda, tienen derecho a recibir educación y pienso que ese 20% sobre 70% es insuficiente para cubrir las necesidades de un joven estudiante, pienso deberían establecer una tabla con forme ganaba el trabajador otorgarle el 100% o el 70% de su salario para el cálculo de la pensión. Y en todo caso recortar la edad máxima para recibir esta pensión a 22 años, a manera de compensar el 30% cualquier ciudadano a los 22 años es apto para mantenerse solo pero un infante sobrevivir con ese porcentaje, en el supuesto que su fallecido padre ganara el salario minimo, yo lo dudo mucho.

VIRIDIANA GOMEZ TORRES

JOSE MANUEL JIMENEZ CARRION dijo...

La maternidad es el estado más importante de la mujer, ya que de ella se deriva una vida y por ello la sociedad debe respetar en un 100% a la mujer que se encuentra en este estado tan especial, evitando la discriminación, pues la mujer es el medio más importante para la preservación de la vida del ser humano por lo que el seguro social debe continuar sus esfuerzos para que por medio de sus leyes otorgue el lugar que la mujer trabajadora merece dentro del ámbito laboral
Actualmente y a pesar de que a la mujer se le ha dado cierto peso dentro lo laboral las mujeres se siguen topando con empresas que para poder ser contratadas les solicitan una prueba de no gravidez, a pesar de que eso viole las garantías individuales.


COMENTARIO: MATERNIDAD
JOSEMANUEL JIMENEZ CARRION
MATRICULA: S07012556
GRUPO: 802 LC

JOSE MANUEL JIMENEZ CARRION dijo...

ENSAYO: NEGLIGENCIAS MEDICAS EN EL IMSS
JOSEMANUEL JIMENEZ CARRION
MATRICULA: S07012556
GRUPO: 802 LC

El Instituto Mexicano del Seguro Social es una institución la cual ofrece servicios médicos a todos los afiliados, si bien es sabido que tales servicios médicos no han sido del todo satisfactorio para algunas personas, ya que dentro de su plantilla de médicos se encuentra gente no preparada para ejercer la profesión que debiera ser encargada de solucionar problemas de salud a los individuos, aunado a eso nos encontramos con la falta de ética, valor moral y servicio por sus empleados derivando así un problema altamente grave que es a lo que se da nombre como una negligencia médica. Existen casos de personas afiliadas que han perdido la vida o a quedada mermada su salud para el resto de su existencia, todo esto a una mala intervención médica.
Desafortunadamente la negligencia médica es un tema de todos los días en lo cual la sociedad supone que quien mal atiende al paciente no es castigado conforme a la ley pues no es un secreto que el seguro social y el sindicato protejan a sus empleados sin importar el dolor ajeno.
Por lo tanto las autoridades deben intervenir inmediatamente en este tema, pues no es justo que por este tipo de negligencias los pacientes queden mermados en su salud.

JUANA DEL CARMEN PEREYRA PÉREZ dijo...

RÉGIMEN OBLIGATORIO O VOLUNTARIO DEL SEGURO SOCIAL
En algún momento de nuestra vida requeriremos de atención médica, es por eso que debemos dar un grado de alta importancia al Seguro Social.
La finalidad de la Seguridad Social es garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.
El estar asegurado resulta benéfico para el trabajador como para sus familiares.
Analizando el caso, que requieras de servicios médico y no lo tengas, tendrás que recurrir a gastos que no tenías contemplados en ese momento, y que seguramente serán mayores que si tuvieras el beneficio del Seguro Social.
En razón a lo antes expuesto sugiero que aquellas personas que estén laborando o tengan manera de obtener un seguro, realicen sus trámites correspondientes para que obtengan beneficios no solo de salud si no remunerativos al bienestar personal y de su familia.

Gustavo Lara Alvarado dijo...

Comentario hacerca de pensiónes para huérfanos.

Efectivamente, los porcentajes que da el IMSS, al parecer son simplemente simbólicos, desafortunadamente, no es un Seguro como el de una Aseguradora Particular, en el caso por ejemplo del producto que ofrece como Seguro de Estudios, donde el padre (titular) va haciendo depósitos a dicha cuenta eje y a determinado plazo pactado puede retirar el ahorro. Cabe señalar, que las aportaciónes que se dan a este seguro, son excesivamente elevadas a las de las cuotas al IMSS,es como ahí esta la diferencia del alcance que tiene un Seguro Particular y la del IMSS.

Saludos Cordiales.

Nora Elena Ramirez Pichardo dijo...

ENSAYO

Una tragedia que marco al IMSS como responsable de la muerte de 49 niños por un incendio en una de las guarderías que cuenta con autorización del Instituto, fue llevada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El fallo que se determino solo fue para funcionarios menores del IMSS, del Gobierno de Sonora y del Ayuntamiento de Hermosillo, quedando sin responsabilidad los dueños la guardería y el director del IMSS. Si nos preguntamos el por qué hasta después de este accidente se informa a los usuarios de cómo se contratan y quiénes son los socios de las guarderías y sobre todo cuales son las Normas de Seguridad que deben cumplir.

Yo pienso que también tenemos una parte de responsabilidad como usuarios ya que antes de la contratación de un servicio público o privado tenemos derecho a la información, para evitar desgracias como la ocurrida.



Fuentes: Portal SCJN, Informador.com.mx.
Realizo: Ramírez Pichardo Nora Elena

LOVENIA dijo...
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LOVENIA dijo...

ENSAYO
La reforma y la Ley de Seguridad Social.

El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene un mandato legal derivado del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El 19 de enero de 1943 nació y la última reforma de la Ley del Seguro Social fue publicada en 2009.

Me es difícil comprender como ha pasado mucho tiempo desde su creación y cómo ha sufrido cambios en el tiempo. Pero aunque la ley sigue vigente, siempre me he cuestionado la vigencia de su esencia.

En mi vida, pocas veces he tenido que relacionarme de alguna forma con las oficinas del seguro social, así que me cuesta entender su funcionamiento.

Muchas veces he escuchado del mal servicio, de los generosos salarios que reciben sus trabajadores, de las excesivas prestaciones y también he escuchado de la urgencia de aplicar cambios en general, mas allá del servicio, en las entrañas mismas de su ley.

Ahora que he empezado a analizarla, me he dado cuenta que es compleja, maneja conceptos un poco anticuados en su régimen obligatorio, es sexista, y no se adapta a la vida moderna.

En general, considero que si se deben realizar cambios a la ley, debe de ajustarse más a la realidad, a la pluralidad, debe pugnar por un mejor servicio.

Una vez leí que en Rusia suprimieron la seguridad social. Si eso pasara en México, como un evidente resultado de un órgano que se vuelve obsoleto, costoso y poco funcional, muchas personas quedarían desprotegidas.
Por eso los cambios deben de hacerse ahora, aún con un costo político. Pero de las pocas personas que pueden intervenir, menos son las que tienen conciencia social. Y nadie quiere sacarse la rifa del tigre.

Realizó: Ruiz Dominguez Rosa Jazmin

FRANCO RAMOS TOLEDO dijo...

El presente ensayo se realiza enfocado al tema de régimen obligatorio del seguro social, su objetivo es presentar los aspectos más relevantes del riesgo de trabajo.
¿QUE ES UN RIESGO DE TRABAJO? Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo, articulo 41 de la LEY DEL SEGURO SOCIAL.
Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél. Articulo 42 de la LEY DEL SEGURO SOCIAL.
Conclusión personal: es importante conocer el tipo de riesgo de trabajo porque como ya mencionamos anteriormente hay dos tipos, el que es por enfermedad profesional y la que es por accidente de trabajo y dependiendo del tipo de riesgo de trabajo vamos a conocer a lo que tenemos derecho como trabajadores.
nota:hola profesora monica le comento que mi ensayo lo hice el 2 de julio pero por error lo subi en el grupo 801 y hasta hoy pude publicarlo aqui en el 802. saludos

FRANCO RAMOS TOLEDO dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
FRANCO RAMOS TOLEDO dijo...

Hola compañera MAGDALENA CRUZ TORRES es muy importante los puntos que tocas en tu comentario pero creo que todos estos casos a veces pasa por falta de conocimiento de los trabajadores sobre lo que es un riesgo de trabajo y porque a veces las empresas no le dan la información necesario a los trabajadores sobre lo que realmente representa el seguro social. Yo creo que uno de los tantos problemas que se presentan en México es porque muchos patrones se niegan a dar de alta a los trabajadores buscando un beneficio para ellos como empresa, pero no se ponen a pensar cuales podrían ser las consecuencia de un riesgo de trabajo dentro de sus empresas y cuál es la magnitud de los problemas que le originan al trabajador.

SALUDOS

yuliac dijo...

ESTOY COMPLETAMENTE DE ACUERDO CON EL ENSAYO DE VIRY GOMEZ Y EL COMENTARIO DE GUSGUSES ES MERAMENTE SIMBOLICO LAS PENSIONES QUE DA EL IMSS PARA HUERFANOS Y VIUDOS(AS), PERO SI EL GOBIERNO NO DA MAS RECURSOS Y SIGUE ELEVANDO PRECIOS Y DEJANDO MUY POR DEBAJO EL SALARIO SEGUIRAN POBRES LAS PENSIONES PARA LOS MAS NECESITADOS, ¿PERO QUE HACER, DE NUEVO UNA REVOLUCION Y LUCHAR POR NUESTRAS PRINCIPALES GARANTIAS INDIVIDUALES Y SOCIALES?, QUE CREIMOS A VER CONQUISTADO HACE 100 AÑOS O MAS, Y QUE EL PASAR DEL TIEMPO, LOS QUE HAN TENIDO EL PODER SE HAN OLVIDADO Y HAN PUESTO EN PRIMER PLANO SU AMBICION Y PODER, DEJANDO EN EL OLVIDO Y... MUY EN EL OLVIDO AL PUEBLO QUE LES DIO EL PODER. SE LOS DEJO DE TAREA

Elisa dijo...

ENSAYO “LEY DEL SEGURO SOCIAL”
Como todos sabemos la finalidad de la Seguridad Social es garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el estado (Artículo 2).
Si bien es cierto el Seguro Social proporciona salud y asistencia médica quizás no a todos nos ha tocado llegar a necesitar de dichos servicios, pero tendríamos que experimentarlo para saber que antes de acudir a una consulta médica y/o registrar a nuestros beneficiarios debemos realizar una serie de trámites burocráticos y en muchas ocasiones los evitamos por la pérdida de tiempo que esto implica.
Lo que no tomamos en consideración es que nadie puede saber cuándo nuestra familia va a enfermarse o uno mismo pueda sufrir algún percance y requerir la protección de los medios de subsistencia (pago de incapacidades, pensión, etc.), los cuales disfrutaremos si cotizamos un buen salario o si nuestro patrón está pagando correctamente nuestra cuota; pero en su mayoría los trabajadores que sufren la pérdida de alguna parte de su cuerpo por un riesgo de trabajo o deficiencia en la salud no gozan el máximo de estos beneficios; inclusive los beneficiarios de algún trabajador que fallece llegan a cobrar pensiones que dan risa. Ahora no se hable de los pagos por maternidad y servicios sociales a los que según tenemos derecho, pero también tenemos que pagarlos.
Al respecto considero que es URGENTE que nuestros legisladores analicen a conciencia esta ley y efectúen una reforma que beneficie a todos los trabajadores en general, pero que al mismo tiempo obligue a los patrones a cumplir con su parte que les corresponde; ya que sin estos cambios nuestra seguridad social no seguirá funcionando con el fin para el que fue creada.
ALUMNO: ELISA VALDIVIESO ALAVEZ

Elisa dijo...

Comentario para Blanca Araceli

Estoy totalmente de acuerdo con tu opinión sobre la evasión o inclusive omisión que realizan las empresas para no efectuar los pagos de las cuotas patronales correctas, ya que de ellos depende que todos los trabajadores recibamos una mejor atención médica, medicamentos o pagos por nuestras incapacidades y si llegáramos a faltar nuestros beneficiaros puedan disfrutar de una pensión que les garantice la subsistencia en nuestra economía actual.

Unknown dijo...

Comentario para Elisa Valdivieso

Hola Elisa, estoy de acuerdo contigo respecto a que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho que tenemos a la salud y que es importante conocer todos los trámites necesarios para poder registrar a los beneficiarios que tangamos y aunque nos pudiera parecer tedioso el esperar mucho tiempo realizando los trámites, pero al final nos ahorra muchos problemas que pudieran surgir en un futuro, porque no sabemos en qué momento vamos a necesitar de urgencia los servicios médicos y en esos momentos hasta podrían verse perjudicados quienes utilizan este servicio médico y también deberían modificar la ley sobre las pensiones que dan a los beneficiarios en caso de muerte del trabajador deberían hacer excepciones, como dar la pensión de acuerdo a las necesidades de la familia del trabajador fallecido y de ese modo asegurarse que realmente esa pensión pueda cubrir por lo menos sus necesidades básicas, porque generalmente las pensiones que dan no alcanzan para cubrirlas totalmente.

Saludos

Elvia dijo...

COMENTARIO SOBRE LOS RIESGOS DE TRABAJO

Estoy de acuerdo con el comentario del ensayo que hace mi compañera Ana Karen Ramírez, ya que los riesgos de trabajo son accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de trabajo. Además, particularmente en México las tasas de frecuencia de la presentación de este tipo de eventos son significativamente elevadas en comparación con otros países. Los accidentes con frecuencia cuestan mucho más de lo que pensamos y esto trae pérdidas para todos, pero se pueden evitar llevando un control.
En conclusión, llevar un control de riesgos de trabajo es un buen negocio para la empresa, los trabajadores, sus familias y población en general, con éste se consigue que se preste un poco más de atención al ambiente de trabajo y a los peligros que lo rodean, además se consigue más producción y más seguridad en el trabajo.

LIZBETH CRUZ MATEOS dijo...

Estoy de acuerdo contigo compañera Viry Gómez, el sistema de pago de pensiones existente en nuestro país no es ni justo ni equitativo. Es necesario realizar modificaciones de forma urgente, pues son muchísimas las personas que se ven afectadas por el bajo monto de pensión que reciben, además de las otras mínimas prestaciones que se les otorgan.

Como mencionas, es aún más injusto el pago de una pensión para una persona cuyo salario que recibía era mínimo. Sin embargo, antes de modificar la Ley del Seguro Social, es necesario modificar el importe de salario mínimo que reciben los trabajadores de las tres áreas del país. Lo anterior, derivado a que el importe de salario mínimo que reciben no es suficiente, en ningún momento ni en ningún lugar, para abastecer los aspectos básicos del desarrollo humano.

ana karen ramirez garcia dijo...

Comentario para Elvia:
Estoy de acuerdo contigo, es muy importante que el País acepte que lo que paso en esa guardería si bien fue un accidente, fue algo que se pudo haber evitado, si se hubiesen seguido con las normas de seguridad que la misma institución plantea, de que hubo irregularidades en el manejo de esa guardería y de muchas más no tenemos la menor duda. Yo como trabajadora y madre que mientras labora tiene que dejar a sus hijos en la guardería me siento con el derecho de exigirle a los funcionarios que sean responsables con sus obligaciones, ya que por esta vez fueron esos 49 niños, pero el día de mañana si siguen sin hacer nada, pueden ser mis hijos o los de ellos mismos. Ojala que este caso se esclarezca y que esto traiga consigo la paz a estos padres desconsolados por la perdida de sus hijos.

gerardo meza vargas dijo...

comentario

compañeros creo que todos aportamos la mayoria de los temas mas sobresalientes para el seguro social lo cual si hemos leido estos ensayo podemos ver que el seguro tine buenos y malos servicio,que la ley del seguro esta bien estipulada solo que la pratica del seguro no va de acuerdo a esta, comto que se ha comentado que quieren privatizar el seguro, esperomos que esto no pace,otro punto importante que el seguro tiene es que la moyor parte del dinero lo utiliza para pagar las pensiones ya que mexico cuenta con una mayor poblacion de personas mayores de edad.

Anónimo dijo...

LOS SISTEMAS DE PENSIONES DE LA LEY DEL (43-73) Y 97.

Dentro de la seguridad social, las pensiones, junto con los servicios de salud, ocupan un lugar predominante, tanto por su importancia en el objetivo de mantener y mejorar las condiciones de vida de las personas, como por su magnitud en el gasto en seguridad social.

EL SISTEMA DE PENSIONES.
Las pensiones es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Ofrece tranquilidad y seguridad de que podrá contar un apoyo económico que le permita vivir con dignidad.
Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida como:

• Vejez. : Es la pensión que se nos otorgará cuando tengamos la edad, y las semanas requeridas cotizadas.

• Cesantía en edad avanzada: Para la pensión por cesantía en edad avanzada, el asegurado debe reunir los siguientes requisitos: un mínimo de 60 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud; quedar privado de trabajos remunerados y tener reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.

• Muerte y viudez: Se otorga a nuestros beneficiarios legales, cuando fallezcamos por cualquier motivo.

• Accidentes y enfermedades que conducen a la invalidez: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad ajenos a nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.

• Pensión por Incapacidad: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad a consecuencia de nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.


Es necesario que los trabajadores jubilados y sus dependientes económicos, estén muy pendientes de sus recursos y que realicen sus trámites en tiempo y forma, en ningún caso se debe ignorar o poner en riesgo los recursos ya que de ellos depende su vida.

Anónimo dijo...

EDD_KOF (edgar gonzalo sanchez francisco)

Anónimo dijo...

estoy en total acuerdo con la compañera viri gomez, la verdad es algo desepcionante, la cantidad que se les otorga a los huerfanos es una miseria, como cree el IMSS que con esa cantidad van a poder solventar sus necesidades, la verdad no alcanza ni para pagar una inscripción de las escuelas, los incrementos del pasaje, la comida, dejan en total desamparo a los hijos huérfanos de los trabajadores fallecidos, es una injusticia, deberian reducir el salario a los supuestos encargados de la administración del seguro social que la verdad son altisimos y deberian aumentar las pensiones a los huerfanos...

Nora Elena Ramirez Pichardo dijo...

Comentario a la compañera Julieta:

Estoy de acuerdo contigo con lo que mencionas en tu ensayo con referencia a las negligencias médicas que ocurren en el Seguro Social con mucha frecuencia, desafortunamente no a todas se les da el seguimiento adecuado si no son parte del dominio público; considero que el departamento jurídico debería tener una forma de dar a conocer a los usuarios los resultados de sus investigaciones laborales con respecto a las demandas que reciben.

Diana Rivas dijo...

Comentario para mi compañera Nora Elena

Estoy de acuerdo contigo.
Ya que como beneficiarios de dicha prestacion (Guarderías) deberiamos iinvestigar o estar informados de como funciona, y quienes son los responsables.
Diana Karina Erith Rivas Martínez

viry gomez dijo...

Julia no sea privatizado el imss,sin embargo, es un hecho que tendra lugar en algun momento; pues el instituto va en decadencia, este es un secreto a voces desde hace ya varios años.
En el diario Milenio esta un articulo reciente,
donde trabajadores señalan que el sindicato del Seguro Social plantea apoyar la subrogación de la atención de enfermos crónicos a la iniciativa privada. Cada vez esta mas cerca la privatizacion y poco se puede hacer. Muchos padeceremos si llega a ser aprobada la propuesta. La poblacion marginada y mas pobre de este pais, estaran desprotegidos.
Cierto que al privatuzar el instituto predominara el interés privado, pero veamos el lado positivo se tendria un mejor servicio de salud, el problema es que no estaria al alcance de toda la poblacion. El mundo a cambiado no se puede seguir con ideas de hace 2 siglos, es renovar o morir.

VIRIDIANA GOMEZ TORRES